Abogado Inmigracion

VISAS DE VICTIMA

Alcock Law Firm - Visas de Victima

APLICACIÓN PARA VISA-U

En Alcock y Asociados, nos enorgullecemos de nuestra trayectoria ayudando a innumerables personas en sus procesos de Visa U y otras visas para víctimas. Estamos comprometidos a ofrecerle nuestro apoyo y orientación en cada paso del camino. Entender las leyes y opciones disponibles es esencial, y nuestro equipo está aquí para proporcionarle una comprensión clara y precisa antes de emprender su caso.

Nuestro enfoque en casos de inmigración abarca una amplia gama, incluyendo la asistencia especializada en casos de Visa U. Nos llena de satisfacción y honor poder ayudar a las personas a navegar estos procesos complejos y significativos.

En Alcock y Asociados, mantenemos un compromiso firme con la comunidad, brindando información legal actualizada y relevante para cada caso. Nos distinguimos por ofrecer consultas completamente gratuitas y planes de pago flexibles, adaptados a sus necesidades.

Permítanos ser su aliado en su caso de inmigración. En Alcock and Associates, no solo estamos aquí para asistir a nuestros clientes, sino que luchamos incansablemente por sus derechos y su bienestar. Su caso de inmigración es nuestra prioridad. Llámenos al 602-989-5000 para una consulta sin costo y descubra cómo podemos ayudarle.

LOS REQUISITOS DE LA VISA U

Para que una persona califique o sea elegible para una visa U, debe haber sido víctima de un determinado delito que ocurrió aquí en los Estados Unidos. Dicho esto, solo hay ciertos delitos que permiten que una víctima reciba una visa U. Si desea ver si es elegible para solicitar la visa U, para solicitarla, la persona debe ser víctima de uno de los siguientes delitos:

  1. Secuestro
  2. Contacto Sexual Abusivo
  3. Chantaje
  4. Violencia doméstica
  5. Extorsión
  6. Falso encarcelamiento
  7. Mutilación Genital Femenina
  8. Ataque Criminal (Ataque Agravado)
  9. Fraude en la contratación de trabajadores extranjeros
  10. Rehén
  11. Incesto
  12. Esclavitud Involuntaria
  13. Rapto
  14. Homicidio involuntario
  15. Asesinato
  16. Obstrucción de la justicia (incluida la violación de una orden de protección)
  17. Esclavitud
  18. Perjurio
  19. Prostitución
  20. Violación
  21. Ataque Sexual
  22. Explotación Sexual
  23. Comercio de esclavos
  24. Acecho
  25. Tortura
  26. Tráfico (puede también tener una Visa T)
  27. Manipulación de Testigos
  28. Detención Ilegal Criminal
  29. Otros Crímenes Relacionados (incluye cualquier actividad similar donde los elementos del delito son esencialmente los mismos, y también incluye intento, conspiración o solicitud para cometer cualquiera de los delitos anteriores)

COOPERACIÓN

Si la persona en cuestión ha sido víctima de uno de estos delitos específicos que son elegibles para una visa U, el solicitante debe probar o demostrar que cooperó en la investigación del delito. Para que alguien pruebe esto, debe proporcionar un reporte de policía sobre del delito que cumpla con los requisitos.

Además de esto, el solicitante también debe obtener una firma del oficial de policía en el Formulario I-918 Suplemento B. El propósito de esta firma es verificar y certificar que la víctima del delito en cuestión realmente cooperó en la investigación. El solicitante también debe probar que sufrió una cantidad considerable de daño físico o psicológico como resultado de ser la víctima del delito que cumple con los requisitos para una visa U.

Para verificar o confirmar que el individuo ha sufrido un daño físico o psicológico considerable, debe presentar y proporcionar copias de los registros médicos y cualquier tratamiento que el individuo reciba como resultado de un delito, y también fotografías de las lesiones o informes psicológicos. Además de la solicitud de visa U, el solicitante también debe solicitar un I-192 que también puede ser visto como un perdón. El propósito de este formulario o perdón es para perdonar la presencia ilegal en los Estados Unidos, cualquier entrada ilegal en los Estados Unidos y también ciertas condenas penales. en ciertos casos o circunstancias, algunos delitos mayores pueden estar exentos si la condena se produjo antes de obtener realmente la certificación I-918B. Sin embargo, aunque una solicitud para una exención (perdón) sea apta para ser aprobada, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos todavía tiene el criterio al otorgar estas exenciones (perdón). El costo gubernamental que el solicitante tendrá que pagar por el I-918B (perdón) es de $585.
También nos gustaría informarle para que tenga en cuenta que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos solo está autorizado por el Congreso para otorgar 10,000 cada año. Como resultado de esto, estos casos de visa U pueden tomar más de un año debido al límite de 10,000 u-visa que tiene el congreso.

DERIVADOS DE VISA U

Dependiendo de a qué edad se presente la solicitud de visa U; ciertos miembros de la familia que califican son elegibles para ser un derivado en la Visa U. Las personas que califican para visas U derivadas son:

  • Cónyuge, si el solicitante tiene 21 años de edad o más
  • Niños, si el solicitante tiene 21 años de edad o más
  • Padres, si el solicitante tiene 21 años de edad o más
  • Hermanos solteros menores de 18 años, si el solicitante es menor de 21 años

PREGUNTAS QUE NUESTROS ABOGADOS HACEN:

Estas son las preguntas que deben hacerse para determinar si una persona es elegible para una visa U:

  1. ¿Cómo ingresaste a los Estados Unidos?
  2. ¿Cuánto tiempo ha residido en los Estados Unidos?
  3. ¿Alguna vez has salido de los Estados Unidos y si es así, cuándo y por cuánto tiempo?
  4. ¿Alguna vez has sido deportado?
  5. ¿Alguna vez te han pillado cruzando la frontera?
  6. ¿Alguna vez ha firmado una partida voluntaria?
  7. ¿Alguna vez ha sido arrestado por algún delito?
  8. ¿Alguna vez ha sido condenado por cometer algún delito?
  9. ¿Eres víctima de un crimen que ocurrió en los Estados Unidos?
  10. ¿Ayudó a la policía a investigar el delito (responder preguntas, llamar a la policía, testificar en la corte)?

Nuevamente, tenga en cuenta que los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos sólo están autorizados por el Congreso para otorgar 10,000 Visas U por año. Por lo tanto, estos casos pueden tardar más de un año en ser aprobados, ya que USCIS puede alcanzar el límite legal muy rápidamente y no puede aprobar más de 10,000 Visas U por año.

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