En Alcock & Asociados, nos enorgullecemos de haber ayudado a numerosas personas en sus procesos de fianza y asuntos migratorios. Nuestro equipo está compuesto por abogados altamente dedicados, profesionales y experimentados; comprometidos a representar y trabajar incansablemente en su favor;
Somos plenamente conscientes de que el proceso de inmigración puede ser complejo y abrumador. Por eso, contar con el apoyo adecuado es esencial, y puede marcar una diferencia significativa en el resultado de su caso;
Con un historial comprobado de cientos de resultados exitosos; en diversos casos de inmigración, en Alcock & Associates estamos listos para ofrecerle nuestra experiencia y conocimiento. Brindamos consultas gratuitas y planes de pago flexibles y accesibles, adaptándonos a sus necesidades. La primera consulta es sin costo. Para más información, no dude en llamarnos al 602-989-5000.
Permítanos ser parte de su solución. Estamos aquí para ayudarle, honrados de luchar por usted y su futuro.
Al mirar un caso de fianza, el juez determinará si un individuo es elegible o no para la fianza.
Es posible que si un individuo ha recibido una orden de deportación, no sea elegible para la fianza.
Si se determina que alguien es un riesgo de fuga o un peligro para la comunidad, se le negará la posibilidad de libertad bajo fianza o se lo considerará inelegible.
El juez también tiene la capacidad y la libertad de examinar y considerar cualquier evidencia que tenga disponible para determinar si la persona en cuestión es o no un riesgo de fuga o un peligro para la comunidad.
Dado esto, el juez también tiene la capacidad y la libertad de considerar si el individuo fue detenido o atrapado cruzando la frontera o si ha establecido una residencia aquí en los Estados Unidos.
Si alguien ha sido atrapado o detenido cruzando la frontera, generalmente se negará la fianza. Aunque, dicho esto, todavía es completamente posible recibir fianza, incluso si no cumplen con todos los requisitos establecidos en 42b o la cancelación de expulsión o deportación.
Para darle un ejemplo de la información anterior: si un individuo ha sido condenado o declarado culpable de un DUI (conducir bajo la influencia), entonces esa persona puede ser vista como una amenaza para la comunidad. Por lo tanto, el juez probablemente negará esa fianza individual bajo esta base.
Si un individuo no tiene un familiar cercano o inmediato aquí en los Estados Unidos, puede considerarse un riesgo de fuga debido al hecho de que no cumple con los requisitos para un 42b, o la cancelación de la remoción.
Dada toda esta información con respecto a la discreción del juez, no hay forma de saber completamente cómo el juez va a dictar el caso o la fianza.
Dicho esto, hay varios delitos que hacen que sea imposible obtener la fianza y/o los requisitos para un 42b (cancelación de expulsión o remoción). Los delitos que hacen imposible obtener la fianza se llaman crímenes mayores agravados.
Si la persona que busca una fianza tiene una de las siguientes condenas, no podremos llevar su caso.
Si alguien ha sido condenado o declarado culpable del siguiente delito, nuestra firma no podrá llevar su caso. Tómese un minuto para revisar la lista y determinar si la persona que necesita ayuda tiene un Crimen Mayor Agravado.
Esperamos que esta carta le ayude a entender mejor su caso. Por favor déjenos saber si tiene alguna pregunta. Estamos aquí para ayudarle.
Audiencias de Fianza
En nuestras consultas, nos dedicaremos a resolver sus dudas, explicar sus opciones y su primera asesoría es completamente gratis. Nos aseguraremos de conocer los detalles de su caso para que pueda tener el mejor acompañamiento posible. Contamos con los mejores abogados especializados para darle las mejores opciones y saber cómo proceder ante su situación legal.
CONSULTA GRATUITA >Alcock & Associates P.C.
2 North Central Avenue, 26th Floor
Phoenix AZ 85004